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Articulo 12 del CODIGO DE COMERCIO

  Art. 12. No pueden ejercer el comercio: I. Los corredores; II. Los quebrados que no hayan sido rehabilitados; III. Los que por sentencia ejecutoriada hayan sido condenados por delitos contra la propiedad, incluyendo en éstos la falsedad, el peculado, el cohecho y la concusión.

Articulo 3 del CODIGO DE COMERCIO

  Art. 3°. Se reputan en derecho comerciantes: I. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; II. Las sociedades constituídas con arreglo á las leyes mercantiles; III. Las sociedades extranjeras ó las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

Leyes del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única

  Todas las empresas están obligadas al pago del ISR y del IETU. En el caso del ISR se grava la modificación del patrimonio, mientras que el IETU grava los flujos de efectivo que se generan. En ambos casos hay la posibilidad de aplicar algunas deducciones, siempre que se cumpla con los requisitos previstos en la ley.

Códigos o leyes estatales y normas municipales sobre la apertura de establecimientos

  El estado o municipio en donde el emprendedor desea abrir la empresa es el que regula el tema de las licencias. El local tiene que reunir una serie de requisitos, y deben cumplirse varios trámites para obtener el permiso respectivo. Si se opera sin éste el nuevo empresario puede enfrentarse al cierre del negocio y a sanciones diversas, generalmente expresadas en multas.